Préstamos Multired Gobiernos Regionales
El Programa “Préstamos Multired Gobiernos Regionales” permite el acceso al crédito bancario al sector de la población conformado por los trabajadores y pensionistas de los Gobierno Regionales, que cobran sus remuneraciones o pensiones por medio de la cuenta de ahorros que poseen en el BN.
Beneficios
- Préstamos desde S/. 300.00 hasta S/. 19,000.00, de acuerdo a la capacidad de pago del cliente.
- La tasa de interés es preferencial:
| Plazo |
Tasa de Interés Compensatorio* |
Tasa de Interés moratorio |
| Hasta 12 meses |
13.50% |
4.623% |
| Entre 13 y 24 meses |
14.00% |
4.623% |
| Entre 25 y 36 meses |
15.00% |
4.623% |
| Entre 37 y 48 meses |
16.08% |
4.623% |
* Efectiva, anual, reajustable, aplicable para un año.
- El plazo es desde 01 hasta 48 meses sin amortización ni pago de intereses en los meses de abril y diciembre.
- La Frecuencia de Pago es mensual, mediante cuotas fijas, con opción de prepago.
- El personal activo nombrado o contratado a plazo indeterminado con 61 o menos años y pensionistas no requieren aval.
- 04 meses de periodo de gracia para el pago de la primera cuota del préstamo solicitado, abonando unicamente los intereses durante estos meses.
- A fin de que los clientes que obtuvieron préstamo en los últimos meses, puedan acceder a estos nuevos beneficios, se ha disminuido desde 05 hasta sólo 01, el mínimo de cuotas que deben cancelar para que puedan obtener este nuevo préstamo.
- Los requisitos son mínimos.
- Beneficios adicionales del Seguro de Desgravamen

Requisitos
- Tarjeta Multired Clásica o Tarjeta Multired Global Débito afiliada a Visa.
- Original y copia del DNI. (el carné de extranjería es aceptado para acceder al préstamo).
- Original y copia de la última boleta de pago.
- Original y copia del último recibo de agua, luz o teléfono fijo.
Condiciones
- El BN pone a disposición del cliente, el Seguro de Desgravamen brindado por la compañía de seguros “La Positiva Vida Seguros y Reaseguros” cuya prima asciende a 0.748% sobre el importe del préstamo más 0.0224% del importe del préstamo por derecho de emisión. Tales montos serán cobrados al momento del desembolso del crédito.
- La evaluación de la capacidad de pago debe considerar el endeudamiento del cliente en el Sistema Financiero, a fin de determinar su ingreso neto disponible.
- Mediante suscripción de una Carta Autorización, los clientes deben autorizar al Gobierno Regional a mantener el pago de sus remuneraciones y pensiones a través de su Cuenta de Ahorros en el Banco, hasta la cancelación total de la deuda, y en caso se produzca su retiro por cualquier motivo, autorizan a dicha entidad a descontar el saldo del préstamo adeudado de la liquidación final que dicha entidad le realice, así como de su Compensación por Tiempo de Servicios, abonando dicho importe al Banco de la Nación.
- Mediante Convenio, los Gobiernos Regionales deben comprometerse a mantener el pago de las remuneraciones y pensiones de los clientes que mantengan pendiente de pago esta operación, a través de la Cuenta de Ahorros abierta en el Banco, hasta su cancelación total.
- Los trabajadores contratados a plazo determinado y los trabajadores activos con más de 61 años podrán acceder a estas operaciones, con la condición de presentar un garante nombrado, contratado a plazo indeterminado o pensionista del Sector Público, que mantenga cuenta de ahorros en el Banco, por motivo del depósito de sus ingresos.
- La edad máxima para el otorgamiento del préstamo es:
| Plazo |
Edad máxima |
| 12 meses |
Hasta el día que cumple 84 años* |
| 24 meses |
Hasta un día antes de cumplir 83 años* |
| Hasta 24 meses |
Hasta un día antes de cumplir 78 años |
| Hasta 36 meses |
Hasta un día antes de cumplir 77 años |
| Hasta 48 meses |
Hasta un día antes de cumplir 76 años |
* Importe máximo de préstamo: S/. 2,000.00
- Este préstamo se otorgará a los clientes beneficiarios por una sola vez.
- Todas las demás condiciones y requisitos aprobados para el otorgamiento de Préstamos Multired, se mantienen para la obtención de la presente operación.
- En la eventualidad que durante la vigencia del Préstamo, EL BANCO unilateralmente otorgue a EL CLIENTE uno o más Período(s) de Gracia, éste(os) se entenderá(n) única y exclusivamente como la prórroga de el(los) plazo(s) de pago, suspendiéndose durante su vigencia el pago de las cuotas del Cronograma destinadas a la amortización de capital y de los intereses, así como también, los montos por seguros, portes y gastos de ser aplicables. EL BANCO informará con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios, la entrada en vigencia del Período de Gracia, a través de su publicación en las oficinas de EL BANCO y en la página web, sin perjuicio de que se puedan utilizar otros medios de comunicación que EL BANCO establezca. Durante dicho plazo EL CLIENTE podrá comunicar por escrito a EL BANCO su negativa a acogerse a el(los) Período(s) de Gracia. La no presentación de una comunicación escrita en dicho sentido, dentro del plazo señalado, implica la aceptación incondicional de EL CLIENTE de acogerse a el(los) Período(s) de Gracia que EL BANCO otorgue. El (los) Período(s) de Gracia que otorgue EL BANCO no implican bajo ningún supuesto condonación ni reducción de la deuda. Concluido el Período de Gracia, EL CLIENTE pagará a EL BANCO los intereses devengados durante dicho período, así como los demás conceptos que EL BANCO informe previamente, los cuales podrán ser capitalizados y su pago reprogramado en un nuevo Cronograma de Pagos que para tal efecto elaborará EL BANCO y será remitido al CLIENTE, sin perjuicio que el mismo pueda recogerlo en las oficinas del Banco. Queda expresamente establecido que se dará por aceptado el nuevo Cronograma de Pagos por el sólo hecho que EL CLIENTE continúe efectuando los pagos.
Formularios contractuales
Documentación adicional
Simulador
Fórmulas
Convenios
Preguntas frecuentes
- ¿A quien está dirigido el Programa “Préstamos Multired Gobiernos Regionales?
El público objetivo de este Programa está conformado por los servidores activos y pensionistas del Gobierno Regionales que mantengan una cuenta de ahorros abierta en el BN para el pago de sus remuneraciones o pensiones.
- ¿Por qué se requiere garante a los trabajadores contratados a plazo determinado y a los trabajadores activos nombrados o contratados a plazo indeterminado con más de 61 años?
Es necesario que los trabajadores contratados presenten un aval, debido a que existe un riesgo mayor de que sean cesados y su Compensación por Tiempo de Servicios no sea suficiente para cubrir el saldo de la deuda. También deben presentar aval los trabajadores nombrados y contratados a plazo indeterminado con más de 61 años, ya que su pensión es administrada por la AFP, la cual no tiene convenio de pago de pensiones con el Banco de la Nacion;
Por lo tanto, si se le otorga un préstamo sin aval a un trabajador mayor a la edad señalada, puede jubilarse manteniendo un préstamo vigente, pero no estaría obligado a que su pensión se pague por medio de nuestra entidad, por lo cual no podríamos recuperar el préstamo.
- ¿Por qué se ha aumentado el plazo hasta 48 meses?
En comparación con el Préstamo Multired, el cual posee un plazo desde 01 hasta 36 meses con cuotas variables, el “Préstamo Multired Gobiernos Regionales” tiene un plazo desde 01 hasta 48 meses con cuotas fijas. Este plazo mayor, permitirá mejorar la capacidad adquisitiva de los clientes, al posibilitarles una mayor capacidad de endeudamiento.
Lugares de atención
- Oficinas Autorizadas en Lima: Ver relación
- En provincias: en todas nuestras oficinas interconectadas.
Teléfonos de contacto
Línea gratuita: 0-800-1-8630
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