Banco de la Nación- Servicio a Personas Naturales - Préstamos MULTIRED

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Préstamos Multired

El Programa “Préstamos Multired” permite el acceso al crédito bancario al sector de la población conformado por servidores y pensionistas del Sector Público, que cobran sus pensiones por medio de la cuenta de ahorros que poseen en el BN.

Beneficios

  • Monto entre S/. 300.00 y S/. 19,000.00, de acuerdo a la capacidad de pago del cliente.
  • La tasa de interés es preferencial:
    Plazo Tasa de interés* Tasa de interés moratorio
    Hasta 36 meses
    16.08%
    4.623%
    60 meses
    19.56%
    4.623%
    * Efectiva, anual, reajustable, aplicable para un año de 360 días.
    La tasa de interés compensatoria efectiva anual es equivalente a la tasa de interés pactada.
  • El plazo es desde 01 hasta 36 meses sin amortización ni pago de intereses en los meses de abril y diciembre. También puede elegir el plazo de 60 meses sin periodo de gracia.
  • El cliente puede cancelar anticipadamente el importe del préstamo que desee, reprogramando el saldo deudor restante.
  • Los clientes pueden obtener un nuevo préstamo o modificar el plazo de una operación con la condición de haber cancelado por lo menos 5 cuotas de su préstamo.
  • Pago automático de las cuotas mensuales con cargo a la cuenta de ahorros.
  • La Frecuencia de Pago es mensual, mediante cuotas fijas de amortización de capital más intereses.
  • En caso de fallecimiento, el préstamo se cancela con cargo al Seguro de Desgravamen.
  • Los requisitos son mínimos.
  • Beneficios adicionales del Seguro de Desgravamen descargar

Requisitos

  • Tarjeta Multired Clásica o Tarjeta Multired Global Débito afiliada a Visa.
  • Original y copia del DNI. (el carné de extranjería es aceptado para acceder al préstamo)
  • Original y copia de la última boleta de pago.
  • Original y copia del último recibo de agua, luz o teléfono fijo.

Condiciones

  • El límite máximo de edad para el otorgamiento de estas operaciones hasta S/. 19,000.00, será 80 años menos el plazo del préstamo incluido el período de gracia.
  • Los clientes desde 78 años hasta 82 años, pueden obtener Préstamo a un plazo de 24 meses, hasta un importe máximo de S/. 2,000.00.
  • Los clientes con 83 años hasta el día que cumplen 84 años, pueden obtener Préstamo a un plazo de 12 meses, hasta un importe máximo de S/. 2,000.00.
  • Seguro de Desgravamen brindado por la Compañía de Seguros “Positiva Vida Seguros y Reaseguros”. La prima asciende a 0.748% sobre el importe del préstamo más 0.0224% correspondiente a la comisión por derecho de emisión. Tales montos serán cobrados al momento del desembolso del crédito.
  • No se otorga préstamos a las personas que perciben ingresos por asignación judicial, pensión por orfandad y ascendencia, invalidez, pensión provisional, ingresos por recibo por honorarios.
  • Aval permanente de un garante, el cual debe tener la condición de trabajador nombrado, contratado a plazo indeterminado o pensionista. (se acepta la reciprocidad de avales entre titular y garante).
  • El titular y garante deben tener clasificación normal en la Central de Riesgo de la SBS.
  • Las cuentas de ahorros del titular y garante deberán tener como mínimo 03 abonos consecutivos y 03 meses de antigüedad. Para préstamos a 60 meses, ambos deben ser trabajadores activos nombrados con más de dos años o pensionistas.
  • En caso el titular mantenga deuda en el Sistema Financiero, se deberá incluir las cuotas pendientes de pago de dicha deuda en el Sistema Informático, a fin de calcular su ingreso real y consecuentemente el importe del préstamo.
  • Para obtener un préstamo a plazo de 60 meses, el titular debe haber cancelado su préstamo o no haber obtenido préstamo alguno. Dicha cancelación no debe haber sido anticipada mediante prepago.

Recuperación

  • El cobro de las cuotas vencidas se realiza automáticamente mediante cargo en la cuenta de ahorros del titular, cuando existan fondos suficientes.
  • Si no se efectúa el cargo de la cuota en la cuenta del titular por falta de fondos y no se cancela en ventanilla, se debitara en la cuenta del garante, a partir de los 30 días de su vencimiento. A partir de esta fecha, se generara intereses moratorios a la tasa de interés 4,623% efectiva anual, reajustable, aplicable para un año de 360 días.
  • La tasa de interés compensatoria efectiva anual es equivalente a la tasa de interés pactada

Simulador de préstamo

Formularios Contractuales

Documentación adicional

Fórmulas

Ejemplos de liquidaciones

Lugares de atención

Oficinas Autorizadas en Lima (haciendo click se abrirá una ventana emergente)

Sucursales y Agencias de Provincias (En todas nuestras oficinas interconectadas)

Teléfono de contacto

Línea gratuita: 0-800-1-8630

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuál es el procedimiento para el levantamiento de la restricción de la Central de Riesgo de la SBS?
    • El técnico operativo informa al cliente que no puede acceder al préstamo, debido a que figura con calificación distinta a Normal en la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca y Seguros, y le solicita presentar los documentos de no adeudo correspondientes, como sigue:
      CALIFICACION SBS DOCUMENTOS REQUERIDOS
      1) CON PROBLEMAS POTENCIALES - 1 Si es 1° préstamo: constancia de cuenta al día o cronograma con el cupón de pago de la cuota vencida.
      A partir del 2° préstamo: el levantamiento de restricción de SBS se solicita vía correo
      2) DEFICIENTE - 2 Constancia de cuenta al día, cronograma con el cupón de pago de la cuota vencida o estado de cuenta con cupón de pago.
      3) DUDOSO - 3 Constancia de cuenta al día, cronograma con el cupón de pago de la cuota vencida o estado de cuenta con cupón de pago.
      4) PERDIDA - 4 Es indispensable presentar constancia de cancelación total, así también en los casos de cartera vendida o transferida, créditos castigados y deudas en cobranza judicial.
    • Los documentos se remiten al Departamento de Créditos
    • Previa verificación en el Reporte de Deudores del Sistema Financiero de que las Constancias de No Adeudo presentadas son correctas y después de revisar el cumplimiento de las normas impartidas, se procede a levantar la restricción de acceso a los préstamos.
  • ¿Como se calcula el promedio de ingresos mensuales?

    El promedio de ingresos mensuales requerido como base para determinar el máximo importe de préstamo que el cliente puede acceder, se calcula de la siguiente forma:

  • N° DE ABONOS QUE EL CLIENTE PRESENTA PROMEDIO
    6 Ult. Abonos 4 menores abonos
    5 Ult. Abonos 3 menores abonos
    4 Ult. Abonos 2 menores abonos
    3 Ult. Abonos 2 menores abonos

La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005
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