Cartas fianzas en moneda nacional
Descripción
Operación mediante la cual el banco se constituye en fiador o garante ante un tercero, comprometiéndose al pago de la suma otorgada en caso de incumplimiento.
Beneficios
- Garantizar ante terceros el pago de obligaciones contratadas para la ejecución de proyectos, adelantos y fiel cumplimiento de contratos.
- Personal con gran experiencia que brindará asesoramiento especializado.
- Tarifas competitivas
Requisitos
Gobierno nacional
A).- Entidades con Garantía del Estado: Aquellos créditos, autorizados por el Directorio, con aval del Estado, a través de normas legales expedidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, para garantizar ante terceros por cuenta de ellos, el fiel cumplimiento de contratos y de litigios judiciales interpuesto a las entidades bajo el ámbito del Poder Ejecutivo.
- Solicitud dirigida al Banco por el Titular del Pliego y/o Dirección Nacional del Endeudamiento Público, adjuntando la norma legal que autoriza la operación y el repago de la misma en caso de ejecución.
- Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
- Fotocopia Legalizada por Notario, de los siguientes documentos:
- Documentación legal para la elaboración de los contratos respectivos (Norma que autorice el endeudamiento y la designación de la persona que suscribirá el contrato con el Banco).
- Copia del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
- Copia del RUC.
B).- Entidades con Garantía de Recursos Propios: Aquellos créditos solicitados por el titular de pliego y Unidad Ejecutora que estén respaldados por el 100% del valor de la carta fianza con recursos líquidos, deberán alcanzar:
- Solicitud dirigida al Banco de la Nación por el Titular del pliego y/o Unidad Ejecutora adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar cartas fianza y constituir depósitos en garantía.
- Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
- Fotocopia Legalizada de los siguientes documentos:
- Resolución
- copia del nombramiento del representante (s) legal (es), según corresponda.
- Copia del D. N. I. del representante (s) legal(es).
- Copia del RUC de la Institución .
- Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
- Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
- Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
- En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
- En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.
Gobiernos regionales y locales
- Solicitud dirigida al Banco de la Nación, adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar la carta fianza y constituir depósito en garantía.
- Copia Legalizada del Acta del Acuerdo del Concejo del Alcalde o Presidente Regional mediante el cual se aprueba solicitar la Carta Fianza, con indicación del beneficiario, monto, objeto, plazo y demás cláusulas contenidas en el formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía”; conteniendo además, la autorización para que el Alcalde o Presidente Regional, según corresponda, pueda gestionar y suscribir esta solicitud y los documentos necesarios para la emisión de la Carta Fianza.
- Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por el Presidente Regional o Alcalde.
- Fotocopia Legalizada por Notario y/o Juez de Paz de los siguientes documentos:
- Credencial del Presidente Regional o Alcalde según corresponda, expedida por el Jurado Nacional de Elecciones.
- Copia del D. N. I. del Presidente Regional o Alcalde, según corresponda.
- Copia del RUC del Gobierno Regional o Municipalidad, según corresponda.
- Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
- Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
- Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
- En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
- En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.
Otras entidades del sector público
- Solicitud dirigida al Banco de la Nación por el Titular del pliego y/o Unidad Ejecutora adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar cartas fianza y constituir depósitos en garantía.
- Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
- Fotocopia Legalizada de los siguientes documentos:
- Resolución o copia del nombramiento del representante (s) legal (es), según corresponda.
- Copia del D. N. I. del representante (s) legal( es)
- Copia del RUC de la Institución .
- Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
- Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
- Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
- En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
- En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.
Otros requisitos
- Requisitos para Renovación de la carta fianza: carta u oficio de la institución del sector público, presentando el formato de Solicitud de Renovación de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía debidamente firmado por sus representantes autorizados, en el que se indica el nuevo vencimiento de la carta fianza. Sujeto a evaluación por el Departamento de Créditos u otras instancias del BN.
- Requisitos para modificación de la carta fianza: carta u oficio de la institución solicitando la(s) modificación(es) de la carta fianza, debidamente firmado por sus representantes autorizados.
Lugares de atención
- Lima: Oficina Principal
- Departamento de Créditos-División Negocios
- Provincias: en todas las oficinas interconectadas a escala nacional
Teléfonos de contacto
- Directo: 519-2131
- Central telefónica: 519-2000, anexos 2509
- Provincia: teléfonos de la red de agencias de provincia. Los teléfonos de la red de agencias pueden ser requeridos en la Mesa de Consultas (línea gratuita 0800-10700).
|