Banco de la Nación - Servicio al Sector Público - Cartas Fianzas locales en moneda extranjera

Cartas fianzas en moneda nacional

Descripción

Operación mediante la cual el banco se constituye en fiador o garante ante un tercero, comprometiéndose al pago de la suma otorgada en caso de incumplimiento.

Beneficios

  • Garantizar ante terceros el pago de obligaciones contratadas para la ejecución de proyectos, adelantos y fiel cumplimiento de contratos.
  • Personal con gran experiencia que brindará asesoramiento especializado.
  • Tarifas competitivas

Requisitos

Gobierno nacional

A).- Entidades con Garantía del Estado: Aquellos créditos, autorizados por el Directorio, con aval del Estado, a través de normas legales expedidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, para garantizar ante terceros por cuenta de ellos, el fiel cumplimiento de contratos y de litigios judiciales interpuesto a las entidades bajo el ámbito del Poder Ejecutivo.

  • Solicitud dirigida al Banco por el Titular del Pliego y/o Dirección Nacional del Endeudamiento Público, adjuntando la norma legal que autoriza la operación y el repago de la misma en caso de ejecución.
  • Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
  • Fotocopia Legalizada por Notario, de los siguientes documentos:
    • Documentación legal para la elaboración de los contratos respectivos (Norma que autorice el endeudamiento y la designación de la persona que suscribirá el contrato con el Banco).
    • Copia del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
    • Copia del RUC.

B).- Entidades con Garantía de Recursos Propios: Aquellos créditos solicitados por el titular de pliego y Unidad Ejecutora que estén respaldados por el 100% del valor de la carta fianza con recursos líquidos, deberán alcanzar:

  • Solicitud dirigida al Banco de la Nación por el Titular del pliego y/o Unidad Ejecutora adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar cartas fianza y constituir depósitos en garantía.
  • Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
  • Fotocopia Legalizada de los siguientes documentos:
    • Resolución
    • copia del nombramiento del representante (s) legal (es), según corresponda.
    • Copia del D. N. I. del representante (s) legal(es).
    • Copia del RUC de la Institución .
  • Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
  • Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
  • Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
  • En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
  • En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.

Gobiernos regionales y locales

  • Solicitud dirigida al Banco de la Nación, adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar la carta fianza y constituir depósito en garantía.
  • Copia Legalizada del Acta del Acuerdo del Concejo del Alcalde o Presidente Regional mediante el cual se aprueba solicitar la Carta Fianza, con indicación del beneficiario, monto, objeto, plazo y demás cláusulas contenidas en el formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía”; conteniendo además, la autorización para que el Alcalde o Presidente Regional, según corresponda, pueda gestionar y suscribir esta solicitud y los documentos necesarios para la emisión de la Carta Fianza.
  • Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por el Presidente Regional o Alcalde.
  • Fotocopia Legalizada por Notario y/o Juez de Paz de los siguientes documentos:
    • Credencial del Presidente Regional o Alcalde según corresponda, expedida por el Jurado Nacional de Elecciones.
    • Copia del D. N. I. del Presidente Regional o Alcalde, según corresponda.
    • Copia del RUC del Gobierno Regional o Municipalidad, según corresponda.
  • Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
  • Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
  • Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
  • En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
  • En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.

Otras entidades del sector público

  • Solicitud dirigida al Banco de la Nación por el Titular del pliego y/o Unidad Ejecutora adjuntando formato de “Solicitud de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía” con la información y firma de los representantes legales autorizados para solicitar cartas fianza y constituir depósitos en garantía.
  • Informe Comercial requerido por la SBS, según formato ajustado para el Banco de la Nación, debidamente firmado por los representantes legales de la entidad.
  • Fotocopia Legalizada de los siguientes documentos:
    • Resolución o copia del nombramiento del representante (s) legal (es), según corresponda.
    • Copia del D. N. I. del representante (s) legal( es)
    • Copia del RUC de la Institución .
  • Cuando el crédito indirecto no cuenta con garantía del 100% con recursos líquidos, ofreciendo el cliente garantías de: Retenciones parciales (20% mínimo al momento de la apertura y retenciones mensuales hasta completar el 100%), contragarantía de Bancos del Sistema, cobertura parcial (un porcentaje del valor durante la vigencia de la carta fianza), el cliente deberá alcanzar adicionalmente:
  • Información Económico Financiera del Ejercicio Anterior y/o Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos (AP-1), Balance General (F-1), Estado de Gastos (F-2), Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3) y Estado de Flujo de Efectivo (F-4), con la copia de recepción de la Contaduría Pública .Esta documentación la requerirá el Departamento de Créditos cuando la entidad solicite el financiamiento en cada período.
  • Carta de orden irrevocable autorizando al Banco de la Nación afectar cualquiera de las cuentas corrientes, inclusive sobregirándolas, en caso de requerimiento de honra de la carta fianza.
  • En caso de retenciones parciales: Flujo de Caja ejecutado de los últimos (06) y proyectado hasta el vencimiento de la carta fianza.
  • En caso de cobertura parcial: Estados de Cuenta, de los últimos (06) meses, de las principales cuentas corrientes de la Entidad.

Otros requisitos

  • Requisitos para Renovación de la carta fianza: carta u oficio de la institución del sector público, presentando el formato de Solicitud de Renovación de Carta Fianza y Constitución de Depósito en Garantía debidamente firmado por sus representantes autorizados, en el que se indica el nuevo vencimiento de la carta fianza. Sujeto a evaluación por el Departamento de Créditos u otras instancias del BN.
  • Requisitos para modificación de la carta fianza: carta u oficio de la institución solicitando la(s) modificación(es) de la carta fianza, debidamente firmado por sus representantes autorizados.

Lugares de atención

  • Lima: Oficina Principal
    • Departamento de Créditos-División Negocios
  • Provincias: en todas las oficinas interconectadas a escala nacional

Teléfonos de contacto

  • Lima:
  • Directo: 519-2131
  • Central telefónica: 519-2000, anexos 2509
  • Provincia: teléfonos de la red de agencias de provincia. Los teléfonos de la red de agencias pueden ser requeridos en la Mesa de Consultas (línea gratuita 0800-10700).
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