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Crédito hipotecario para compra de vivienda bien terminado o bien futuro.

El Banco de la Nación, previa calificación crediticia, otorga Créditos Hipotecarios para financiar la compra de viviendas a trabajadores del Sector Público contratados a Plazo Indeterminado (nombrados) y Pensionistas del Sector Público, que cuenten con una edad mínima de 21 años y máxima de 64 años y 6 meses de edad que por motivo de sus ingresos por remuneración o pensión posean Cuentas de Ahorros en el Banco de la Nación.
Las modalidades de Financiamiento para compra de vivienda son los siguientes:
- Compra de vivienda bien terminado: Financia la compra de viviendas nuevas o con uso, que se encuentren debidamente inscritas en los Registros Públicos y que no cuenten con gravámenes (hipotecas, anotaciones de demandas, embargos etc.), las mismas que puedan ser constituidas en primera y preferente hipoteca como garantía del crédito hipotecario otorgado.
- Compra de vivienda bien futuro: Financia la compra de viviendas que aun no se encuentran inscritas en los Registros Públicos, debido a que se encuentren en proyecto de construcción (en edificación, planos, maqueta, etc.).
Beneficios
- Moneda: El Crédito Hipotecario del Banco de la Nación se otorga en Nuevos Soles (Moneda Nacional).
- Monto de crédito: El monto de financiamiento es desde S/. 15,000.00 hasta S/. 250,000.00
- Plazo: El plazo para cancelar el crédito hipotecario para compra de vivienda es desde 05 hasta 25 años.
- Porcentaje de financiamiento: Se financia hasta el 85% del valor de venta de inmueble o del valor comercial de tasación (el que resulte menor).
- Periodo de gracia: A solicitud del Cliente se otorgará Periodo de Gracia de hasta 180 días; mientras dure el Periodo de Gracia se capitalizaran intereses, se entenderá única y exclusivamente como la prórroga de el(los) plazo(s) de pago, suspendiéndose durante su vigencia el pago de las cuotas del Cronograma destinados a la amortización de capital y de los intereses. Concluido el Periodo de Gracia, el cliente pagará al Banco los intereses devengados durante dicho periodo los cuales serán capitalizados mensualmente, y se incluirían en las cuotas mensuales establecidas en el cronograma de pagos. El Periodo de Gracia que otorgue el Banco no implica bajo ningún supuesto condonación ni reducción de la deuda.
- Pago de cuotas:
La frecuencia de pago de la cuota es mensual de acuerdo al cronograma de pagos, no tendrá que hacer colas, debido a que estas se debitarán de la cuenta de ahorros de el cliente en el Banco de la Nación en la cual abonan sus haberes o pensión. Adicionalmente, el cliente tiene la opción de pagar cuotas dobles en los meses de julio y/o diciembre (previa evaluación y calificación).
- Sin penalidades:
El cliente podrá cancelar anticipadamente el importe del crédito o realizar pre-pagos sin penalidades, reprogramando el saldo el cual se refleja en la emisión de un nuevo cronograma de pagos. Con esta operación el cliente elegirá si desea disminuir el monto de la cuota o el plazo del crédito luego de realizar un pre-pago.
- Evaluación de ingresos:
El cliente, trabajador o pensionista del sector público puede sumar a su ingreso principal por remuneración o pensión, otras rentas y/o ingresos demostrables con la finalidad de incrementar su capacidad de endeudamiento y de pago en calidad de titular del crédito; asimismo, se calificarán los ingresos demostrables del cónyuge o conviviente siempre que sean sustentados formalmente de acuerdo al tipo de renta que perciba (1ra., 3ra., 4ta. y/o 5ta. categoría), con lo cual se ampliaría la capacidad de endeudamiento y pago.
- Financiamiento de gastos:
A solicitud del cliente, el Banco de la Nación financiará vía reembolso los gastos de Trámite del Crédito Hipotecario (tasación, gastos notariales y registrales etc.). No obstante, el cliente debe cancelar los gastos señalados con sus propios recursos y una vez desembolsado el crédito, se le reembolsarán dichos gastos mediante abono en su cuenta. El monto máximo de financiamiento de gastos será hasta ¾ de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
- Seguros del Crédito Hipotecario:
- Seguro de desgravamen: El seguro de Desgravamen es un seguro sobre la vida del asegurado (titular del crédito hipotecario) que tiene por objeto cancelar la deuda pendiente de pago al momento de su fallecimiento o fallecimiento del cónyuge, si eligió el Seguro de Desgravamen Mancomunado.
- Seguro contra todo riesgo de inmueble: Este seguro cubre todo riesgo físico al inmueble otorgado en garantía hipotecaria a favor del Banco de la Nación, incluyendo daños y/o pérdidas derivados de riesgos políticos y de la naturaleza.
Tasas de interés y plazos del crédito
- Ver tarifario
Requisitos
- Del cliente
- Tarjeta Multired Global Débito Visa (activa).
- Original y copia del DNI (Titular y cónyuge).
- Original y copia de las 02 últimas boletas de pago (titular) y 06 últimas (cónyuge).
- Original y copia del último recibo de servicios (agua, luz o teléfono fijo).
- Original y copia de su Constancia de Nombramiento (Activos) o Resolución de Cese (Pensionistas) del titular y/o cónyuge.
- Copia certificada de la Partida de Matrimonio expedida por la Municipalidad.
- Original y copia de los documentos que sustenten las cuotas mensuales (estados de cuentas, cronograma de pagos, etc.) de mantener créditos vigentes en otras entidades financieras.
- Documentación sustentatoria de otros ingresos en caso sean declarados para la evaluación crediticia con la finalidad de incrementar su capacidad de endeudamiento y pago.
Nota: El Banco de la Nación se reserva el derecho de solicitar mayor documentación, de considerarlo necesario.
- Del inmueble
- Para compra de vivienda bien terminado (inscrito en Registros Públicos):
- Original del Certificado Registral Inmobiliario (CRI), con fecha no mayor a 30 días de expedida. En caso de Provincias solicitar, además, Copia Literal del inmueble.
- Original o copia legalizada de la Declaración Jurada de Autovalúo – PU y de la Hoja Resumen Municipal – HR.
- Original o copia legalizada del Comprobante de pago del Impuesto Predial cancelado de todo el año en curso.
- Nota: El Banco de la Nación se reserva el derecho de solicitar mayor documentación, de considerarlo necesario.
- Para Compra de vivienda bien futuro (no inscrito en Registros Públicos):
Entregar al Banco los siguientes documentos del terreno donde se construirá la vivienda:
- Original del Certificado Registral Inmobiliario (CRI) con fecha no mayor a 30 días de expedida. En caso de Provincias solicitar, además, Copia Literal del inmueble.
- Original o copia legalizada de la Declaración Jurada de Autovalúo – PU y de la Hoja Resumen Municipal – HR.
- Original o copia legalizada del Comprobante del Impuesto Predial cancelado por todo el año.
- Copia de la Memoria Descriptiva del Proyecto en Construcción.
- Copia de Licencia de Construcción y/o Licencia de Obra.
Condiciones
- Para acceder a un Crédito Hipotecario para Compra de Vivienda Bien Terminado o Bien Futuro, el cliente debe ser trabajador del Sector Público con contrato a Plazo Indeterminado (nombrado) con un año mínimo de antigüedad laboral o Pensionista del Sector Público.
- Los clientes y, de ser el caso, su cónyuge o conviviente que soliciten el Crédito Hipotecario, no deberán tener una clasificación de “CPP”, “Deficiente”, “Dudoso” o “Pérdida”, por la Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
- Los clientes podrán acceder al crédito desde los 21 años hasta los 64 años y 6 meses de edad y podrán permanecer en el crédito hasta un día antes de cumplir 80 años.
- Los clientes deberán percibir desde S/. 800.00 como ingreso mínimo mensual neto individual o conyugal. Se pueden considerar otros ingresos demostrables del cliente y cónyuge o conviviente.
- El Titular no debe registrar deudas con más de cuatro (04) entidades en el Sistema Financiero, incluido el Banco de la Nación.
- Se deben cancelar los gastos de tasación, gastos notariales y registrales y emisión de cheque de gerencia, según lo establecido en la Hoja Resumen y/o Tarifario.
Seguros
- Seguro de Desgravamen.
- Resumen informativo.
- Póliza de seguro.
- Seguro Contra Todo Riesgo del Inmueble.
- Seguro de daños materiales.
- Póliza de seguro de propiedad - Multiriesgo.
Formularios contractuales
- Solicitud de Crédito Hipotecario.
- Contrato de Crédito y Garantía Hipotecaria Bien Terminado.
- Contrato de Crédito y Garantía Hipotecaria Bien Futuro.
- Pagaré.
- Anexo de Pagaré (Hoja de Instrucciones).
- Hoja Resumen Informativa de Crédito Hipotecario.
- Declaración Personal de Salud (DPS)
Documentación adicional
- Declaración Jurada de Créditos en el Sistema Financiero.
- Declaración Patrimonial.
- Información mínima.
- Carta de instrucciones.
Simulador
- Simulador de Crédito Hipotecario.
Fórmulas y ejemplos para la liquidación de intereses
- Crédito Hipotecario
Preguntas Frecuentes
- ¿Quienes pueden solicitar Créditos Hipotecarios del Banco de la Nación?
- El Crédito Hipotecario para Compra de Vivienda lo pueden solicitar los trabajadores del sector público cuya condición laboral sea la nombrado o contratado a plazo indeterminado y pensionistas del Sector Público. Ambos con una edad mínima de 21 años y una edad máxima de 64 años y 6 meses (hasta un día antes de cumplir los 6 meses), que por motivo de sus ingresos por remuneración o pensión, posean Cuentas de Ahorro en el Banco de la Nación y califiquen como sujetos de Créditos.
- ¿Se necesita presentar un Garante o Aval para solicitar el Crédito Hipotecario para compra de vivienda?
- NO, la garantía es el mismo inmueble que se compra, sobre el cual el cliente otorga primera y preferente Hipoteca a favor del Banco de la Nación.
Sin embargo, en caso el cónyuge participe de sus ingresos y tenga cuenta de ahorros en el Banco de la Nación, se realizará la cobranza de la cuota mensual en caso no se encuentre fondos en la cuenta de ahorros del titular.
- ¿Tiene que ser nueva o recién construida la vivienda que se desea comprar con el Crédito Hipotecario?
- NO necesariamente, el Banco de la Nación le permite financiar la adquisición de viviendas que sean de primera venta o de segundo uso, siendo requisito indispensable que se encuentre inscrita en los Registros Públicos sin cargas ni gravámenes.
- ¿Puedo comprar un Inmueble que se encuentre en Proyecto de Construcción (Bien Futuro)?
- SI, el Banco de la Nación le permite financiar la adquisición de Inmuebles en Proyecto de Construcción (Bien Futuro), es decir que aún no cuenten con la partida inscrita en Registros Públicos, en ese caso se solicitará a la Empresa Inmobiliaria una Carta Fianza a favor del Banco de la Nación.
- ¿Qué porcentaje del valor del inmueble tengo que pagar como Cuota Inicial con recursos propios?
- El Banco de la Nación otorga para compra de vivienda hasta el 85% del valor de venta del inmueble o del valor de Tasación (el que resulte menor), es decir que el cliente tendrá que pagar una cuota inicial como mínimo del 15% del valor del inmueble al vendedor con recursos propios.
- ¿Cuánto se debe percibir por ingresos para poder solicitar un Crédito Hipotecario?
- El ingreso mínimo neto mensual requerido es desde S/. 800.00 Nuevos Soles (conyugal si fuera el caso), en caso el/los solicitantes perciban otras rentas, estas deberán sustentarse mediante documentación formal de acuerdo a la categoría de la misma.
- ¿Hay Penalidades por pre-pagos?
- NO hay penalidad alguna por pre-pagos parciales ni por cancelaciones anticipadas del total saldo del crédito.
Lugares de atención
- En Lima, el Centro Hipotecario se encuentra ubicado en Av. Javier Prado Este N° 2499 San Borja (costado del Museo de la Nación). Asimismo se brinda información en cualquier Agencia en Lima y Callao.
- En Provincias: Centros Hipotecarios
- Agencia Huanuco
- Agencia Pucallpa
- Agencia Tarapoto
- Agencia Tumbes
- Sucursal Arequipa
- Sucursal Cusco
- Sucursal Cajamarca
- Sucursal Chiclayo
- Sucursal Chimbote
- Sucursal Huancayo
- Sucursal Ica
- Sucursal Iquitos
- Sucursal Piura
- Sucursal Tacna
- Sucursal Trujillo
Teléfonos de contacto
- Para mayor información comunicarse a nuestra Línea gratuita: 0-800-1-8630
- Teléfono 519-2000 Anexos 11501 / 11504 / 11505/ 11506 /11507 (sólo para la ciudad de LIMA).
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005