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Préstamo Personal - Sector Público

El Programa "Préstamo Personal" permite el acceso al crédito bancario a los trabajadores activos y pensionistas del Sector Público que por motivo de su remuneración o pensión, posean cuentas de ahorro en el BN.

Beneficios

El importe del Préstamo Personal se establece en base a la capacidad de pago del cliente, de acuerdo a los ingresos por remuneraciones o pensiones que percibe en su cuenta de ahorros.
Se ha establecido el monto máximo del Préstamo Personal de acuerdo al siguiente detalle:
Entre 83 años, hasta el día que cumplen 84 años; plazo: a 12 meses; Monto máximo: S/. 2,000.00
Entre 78 años, hasta un día antes de cumplir 83 años; plazo: a 24 meses; Monto máximo: S/. 2,000.00
Hasta un día antes de cumplir 78 años; plazo: Hasta 24 meses; Monto máximo: S/. 19,000.00
Hasta un día antes de cumplir 77 años; plazo: Hasta 36 meses; Monto máximo: S/. 19,000.00
Hasta un día antes de cumplir 76 años; plazo: Hasta 48 meses; Monto máximo: S/. 19,000.00
Entre 60 años, hasta un día antes de cumplir 75 años; plazo: Hasta 48 meses y 60 meses; Monto máximo: S/. 19,000.00
Entre 18 años, hasta el día que cumplen 60 años; plazo: Hasta 48 meses y 60 meses; Monto máximo: S/. 50,000.00
La tasa de interés es preferencial:
Hasta 12 meses de plazo; Tasa de interés compensatoria*: 11.00%; Tasa de interés moratoria: 5.00%
Entre 13 y 24 meses de plazo; Tasa de interés compensatoria*: 12.00%; Tasa de interés moratoria: 5.00%
Entre 25 y 36 meses de plazo; Tasa de interés compensatoria*: 13.00%; Tasa de interés moratoria: 5.00%
Entre 37 y 48 meses de plazo; Tasa de interés compensatoria*: 14.00%; Tasa de interés moratoria: 5.00%
Entre 49 y 60 meses de plazo; Tasa de interés compensatoria*: 17.00%; Tasa de interés moratoria: 5.00%
* Efectiva, anual, reajustable, aplicable para un año.
El cliente debe estar con calificación Normal en la central de Riesgo de la Superintendencia de Banca y Seguros al momento de obtener el “Préstamo Personal”.
El Préstamo Personal tiene un plazo desde uno hasta 48 meses con cuotas fijas.
El Préstamo Personal se podrá otorgar, a solicitud del cliente, con o sin periodo de gracia (sin amortización ni pago de interés) en los meses de Abril y Diciembre.
Pago automático de las cuotas mensuales con cargo a la cuenta de ahorros.
El Préstamo Personal bajo modalidad con convenio*, se podrá otorgar a solicitud del cliente, con o sin cuatro meses de periodo de gracia, para el pago del principal de la primera cuota, con pago de intereses.
Para acceder nuevamente a este Programa, el trabajador activo o pensionista debe haber cancelado:
El 5% del saldo del “Préstamo Personal” vigente.
La primera cuota del Préstamo Personal bajo la modalidad sin convenio**, para acceder a un Préstamo Personal bajo la modalidad con convenio*.
Beneficios adicionales del Seguro de Desgravamen
Opción de seguro por incapacidad temporal o desempleo involuntario.
Los requisitos son mínimos.

Requisitos

Tarjeta Multired Clásica o Tarjeta Multired Global Débito afiliada a Visa.
Original y copia del DNI, de la última Boleta de Pago y del último recibo de agua, luz o teléfono fijo.
Sin aval. (En caso se haya celebrado un convenio de colaboración interinstitucional entre la Entidad pública pagadora de la remuneración o pensión y el BN, sólo requerirán aval los trabajadores contratados a plazo indeterminado con más de 61 años y los contratados a plazo determinado. En el caso de las FF.AA. y la PNP, requerirán aval el personal oficial y suboficial con más de 20 años de servicio en el caso de hombres y más de 15 años de servicio en el caso de mujeres y pensionistas).
Si el cliente mantiene créditos en otras entidades financieras, debe presentar original y copia de los documentos que sustenten la cuota mensual que cancela, a fin que sea incluida en la evaluación de la capacidad de pago.

Condiciones

La prima del Seguro de Desgravamen brindado por la compañía se seguros “La Positiva Vida Seguros y Reaseguros”, asciende a 1.5% sobre el importe del préstamo más el 0.045% del importe del préstamo por derecho de emisión. Tales montos serán cobrados al momento del desembolso del préstamo.
La prima del seguro por incapacidad temporal o desempleo involuntario, brindado por la compañía de Seguros “Cardif”, asciende a 1.68% sobre el importe del préstamo. Tal monto será cobrado al momento del desembolso del préstamo. Este seguro es opcional.
En la eventualidad que durante la vigencia del préstamo, el banco unilateralmente otorgue a el cliente uno o más período(s) de gracia, éste(os) se entenderá(n) única y exclusivamente como la prórroga de el(los) plazo(s) de pago, suspendiéndose durante su vigencia el pago de las cuotas del cronograma destinadas a la amortización de capital y de los intereses, así como también, los montos por seguros, portes y gastos de ser aplicables. El banco informará con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios, la entrada en vigencia del período de gracia, a través de su publicación en las oficinas de el banco, página Web, periódicos, remisión de cartas a las Unidades Ejecutoras y avisos en los locales de las Entidades Públicas. Durante dicho plazo el cliente podrá comunicar por escrito a el banco su aceptación a acogerse a el(los) período(s) de gracia.
Concluido el periodo de gracia, el cliente pagará a el banco los intereses devengados durante dicho periodo, los cuales podrán ser capitalizados y su pago reprogramado, en un nuevo Cronograma de Pagos que para tal efecto elaborará el banco, el cual será remitido al domicilio que el cliente haya consignado al momento de obtener el préstamo. Por lo tanto no existirá condonación ni reducción de la deuda.

Formularios contractuales

Pagaré Préstamos Personal

Hoja adherida al pagaré

Contrato Préstamos Personal

Carta de instrucciónes del Préstamo Personal

Carta de Autorización del Préstamo Personal Sale Cusco

Carta de Autorización del Préstamo Personal Adquisición de Bienes o Servicios

Hoja resumen Préstamos Personal

Póliza y Resumen Informativo

Documentación adicional

Declaración Jurada

Declaración Patrimonial

Información mínima

Fórmulas y ejemplos para la liquidación de intereses

Préstamo Personal

Preguntas frecuentes

*¿Qué es un “Préstamo Personal” bajo la modalidad “con convenio”?
Es aquel préstamo que se puede otorgar a todo trabajador o pensionista de una Entidad Pública que haya celebrado un convenio de colaboración interinstitucional con el BN.
**¿Qué es un “Préstamo Personal” bajo la modalidad “sin convenio”?
Es aquel préstamo que se puede otorgar a todo trabajador o pensionista de una Entidad Pública que no haya celebrado un convenio de colaboración interinstitucional con el BN.
¿Por qué requieren garante los trabajadores contratados a plazo determinado y los trabajadores activos con 61 o más años?
Es necesario que los trabajadores contratados presenten un aval, debido a que existe un riesgo mayor de que sean cesados y su Compensación por Tiempo de Servicios no sea suficiente para cubrir el saldo de la deuda y, por lo tanto, no se pueda recuperar el “Préstamo Personal”. Así mismo, deben presentar aval los trabajadores contratados a plazo indeterminado con 61 o más años, debido a que su jubilación es próxima y su pensión podría ser pagada en otra entidad bancaria.
Con respecto a las FF.AA. y la PNP. ¿Por qué requieren aval los oficiales y suboficiales activos con 20 años o más en el caso de varones y 15 años o más en el caso de mujeres?
Porque a partir de dichos años de servicio, los oficiales y suboficiales activos pueden solicitar su pase a retiro y su pensión es administrada por la Caja de Pensiones Militar Policial, la cual no ha suscrito Convenio de pago de pensiones con el Banco. Por lo tanto, si se le otorga un “Préstamo Personal” sin aval a un policía con años de servicio superior al indicado, puede inmediatamente pasar a retiro y no estaría obligado a que su pensión se pague por medio de nuestra entidad, por lo cual no podríamos recuperar el préstamo.
¿Por qué se brinda un plazo de hasta 48 meses?
Este plazo mayor permite mejorar la capacidad adquisitiva de los clientes al posibilitarles una mayor capacidad de endeudamiento.
De ser el caso, ¿Por qué se brindan cuatro meses iniciales de periodo de gracia?
A fin de brindarles facilidades con respecto a lo que les ofrecen otras instituciones financieras, se va a otorgar estas nuevas operaciones con un periodo de gracia de 04 meses para el pago del principal de la primera cuota del “Préstamo Personal” bajo la modalidad “con convenio”*. Este beneficio es optativo.
De ser el caso, ¿Por qué se brindan periodos de gracia en abril y diciembre?
Abril es un mes con gastos escolares, y en diciembre parte importante del presupuesto familiar se destina a compra de obsequios o celebraciones de fin de año. Por tales motivos, el BN considera importante brindar la opción de que sus clientes, en dichos meses, no se preocupen en el pago de la cuota mensual de su “Préstamo Personal”. Cabe señalar que este beneficio es optativo.
¿Cuál es el nivel máximo de endeudamiento que puede poseer el cliente para poder acceder al “Préstamo Personal”?
Se ha establecido en 33% el nivel de afectación de los Ingresos mensuales para acceder al “Préstamo Personal”, incluyendo las deudas que el cliente posee en el resto del Sistema Financiero.
¿Cuántas deudas con entidades Financieras cómo máximo puede poseer el Cliente para poder acceder la “Préstamo Personal”?
El Cliente no deberá poseer deuda con más de cinco entidades financieras, incluyendo al Banco de la Nación, a fin de que pueda acceder a estas operaciones.
Al solicitar la ampliación del “Préstamo Personal” bajo la modalidad “con convenio”*, ¿Se generara un nuevo cronograma de pagos con los mismos beneficios que el primer préstamo?
El Cronograma de pagos del “Préstamo Personal” bajo la modalidad “con convenio”*, se generará sin las cuatro primeras cuotas de gracia con pagos de interés. Solo habrá periodos de gracia en los meses de Abril y Diciembre, si el cliente desea. El cliente puede elegir obtener el “Préstamo Personal” sin periodos de gracia. Si el “Préstamo Personal” bajo la modalidad “con convenio”* se encuentra vigente, el cliente puede obtener una ampliación habiendo amortizado al menos el 20% de su préstamo y cumplir con la evaluación crediticia vigente. Si el Cliente no ha amortizado al menos el 20% de su “Préstamo Personal”, puede realizar el mismo día un prepago de tal manera que amortice el 20% y luego solicitar la ampliación de su “Préstamo Personal”.
¿Es indispensable actualizar la base de datos remitida por las Unidades Ejecutoras al momento de acceder a un nuevo “Préstamo Personal”?
Sí es indispensable. En caso el cliente no pueda acceder al “Préstamo Personal”, debido a que no esta incluido en el sistema, este debe gestionar ante su entidad la remisión de la base de datos actualizada al Banco de la Nación.
¿Existe alguna penalidad si el “Préstamo Personal” se cancela totalmente por anticipado?
No se paga penalidad en este caso. El Cliente sólo pagará el capital más los intereses el día del la cancelación y los intereses posteriores no serán cobrados.
Al momento de solicitar el “Préstamo Personal” Sector Público y de ser el caso, ¿Por qué se pide presentar los estados de cuenta de las otras deudas que el cliente posea en el sistema financiero?
Es requerimiento de la SBS que en la evaluación crediticia se incluyan las deudas que el cliente posee en el resto del Sistema Financiero, a fin de evitar el sobreendeudamiento.
¿Por qué el BN no evalúa ingresos conyugales o de otra índole?
El “Préstamo Personal” se otorga en forma exclusiva, sobre la base de los ingresos por remuneraciones o pensiones que el cliente mantiene en la cuenta de ahorros que posee en el Banco de la Nación. El evaluar dichos ingresos haría que el proceso de otorgamiento del Préstamo Personal” sea más lento y se encarecería su costo.
Al momento de solicitar el “Préstamo Personal” ¿Por qué el cliente debe firmar una cantidad relativamente alta de formularios?
La firma de dichos formularios responde, básicamente, a que el BN debe cumplir con lo establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Cabe señalar, que la firma de dichos documentos permite que el proceso de otorgamiento del “Préstamo Personal” sea más rápido debido a que no implica verificación domiciliaria.

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Última actualización, 2 de Septiembre del 2010
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