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Pago de remuneraciones y pensiones en UOB
- Descripción
- A través de este servicio se realizan el pago por concepto de remuneraciones y pensiones al personal activo o cesante de una empresa privada previo convenio suscrito con el BN, para el cual es necesario que los empleados de dicha empresa aperturen cuentas de ahorros en el BN.
Beneficios
- Brindar el servicio de ahorros como depósitos, retiros, pagos automáticos de teléfono, cable mágico y tasas, consulta de saldos y últimos movimientos en moneda nacional.
- Mayor comodidad para los clientes en los trámites bancarios como consecuencia de que el BN cuenta con la Red de agencias más grande a nivel nacional, reduciendo costos y el tiempo utilizado para efectuar dichos trámites.
- Total confidencialidad de la información.
- Fomentar una mayor bancarización.
Requisitos
- Requisitos para prestar el servicio de pagaduría a empleados del Sector.
- Convenio suscrito para el servicio de pagaduría.
- Oficio/carta, firmado por los funcionarios autorizados con firma registrada en el Banco de la Nación (mínimo 2 firmas), solicitando la apertura de Cuentas del personal de su institución.
- Los empleados deben aperturar cuentas de ahorros en oficinas de Única Oferta Bancaria (UBO).
Información
Concepto
- Comisión por el efectuar cada abono para el pago de remuneraciones o pensiones a las cuentas de los trabajadores es del 0.20% del monto abonado, con un mínimo de S/. 2.50.
- Comisión por el traslado de fondos para el abono a las cuentas de ahorro de los empleados es de 0.50% del total de la planilla.
Lugares de atención
Red de Agencias UOB a escala nacional.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué tipo de empresa puede solicitar el pago de remuneraciones y pensiones UOB?
- Dicho servicio se brinda a cualquier tipo de empresa del sector privado que desea que se le abone sus remuneraciones o pensiones a su personal.
- ¿En dónde solicito las aperturas de cuentas de ahorros para mis trabajadores y pensionistas?
- Se debe solicitar las aperturas de las cuentas de ahorros para remuneraciones y pensiones del personal en la Agencia UOB más cercana a donde laboran dichas personas.
- ¿Las cuentas para remuneraciones o pensiones del sector privado estan exoneradas del ITF?
- Una vez abiertas las cuentas, la Empresa deberá presentar la Declaración Jurada para la exoneración del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), de acuerdo a la Ley 28194.
- ¿Cómo se realiza el abono de las remuneraciones o pensiones a las cuentas de ahorros?
- Los abonos se realizan de 02 maneras:
Vía Internet, utilizando el Sistema de Administración de Transmisiones Masivas (SATM), para el cual se firma un Contrato de Afiliación.
El Sistema de Administración de Transmisiones Masivas (SATM), permite a través de Internet realizar transferencias de abonos a sus trabajadores de una manera segura, confiable y sencilla.
- ¿Qué tipos de pagos puede realizar la entidad a través del SATM?
- La Entidad puede realizar cualquier tipo de abono masivo o individual en cuentas de ahorros, siendo requisito tener una cuenta corriente y haber firmado previamente un contrato con el banco.
Los teléfonos de las Agencias UOB pueden ser consultados a la Mesa de Consultas (Línea gratuita 0800-10700)
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005