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Pago de remuneraciones y pensiones en UOB

Descripción
A través de este servicio se realizan el pago por concepto de remuneraciones y pensiones al personal activo o cesante de una empresa privada previo convenio suscrito con el BN, para el cual es necesario que los empleados de dicha empresa aperturen cuentas de ahorros en el BN.

Beneficios

Brindar el servicio de ahorros como depósitos, retiros, pagos automáticos de teléfono, cable mágico y tasas, consulta de saldos y últimos movimientos en moneda nacional.
Mayor comodidad para los clientes en los trámites bancarios como consecuencia de que el BN cuenta con la Red de agencias más grande a nivel nacional, reduciendo costos y el tiempo utilizado para efectuar dichos trámites.
Total confidencialidad de la información.
Fomentar una mayor bancarización.

Requisitos

Requisitos para prestar el servicio de pagaduría a empleados del Sector.
Convenio suscrito para el servicio de pagaduría.
Oficio/carta, firmado por los funcionarios autorizados con firma registrada en el Banco de la Nación (mínimo 2 firmas), solicitando la apertura de Cuentas del personal de su institución.
Los empleados deben aperturar cuentas de ahorros en oficinas de Única Oferta Bancaria (UBO).

Información
Concepto

Comisión por el efectuar cada abono para el pago de remuneraciones o pensiones a las cuentas de los trabajadores es del 0.20% del monto abonado, con un mínimo de S/. 2.50.
Comisión por el traslado de fondos para el abono a las cuentas de ahorro de los empleados es de 0.50% del total de la planilla.

Lugares de atención

Red de Agencias UOB a escala nacional.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de empresa puede solicitar el pago de remuneraciones y pensiones UOB?
Dicho servicio se brinda a cualquier tipo de empresa del sector privado que desea que se le abone sus remuneraciones o pensiones a su personal.
¿En dónde solicito las aperturas de cuentas de ahorros para mis trabajadores y pensionistas?
Se debe solicitar las aperturas de las cuentas de ahorros para remuneraciones y pensiones del personal en la Agencia UOB más cercana a donde laboran dichas personas.
¿Las cuentas para remuneraciones o pensiones del sector privado estan exoneradas del ITF?
Una vez abiertas las cuentas, la Empresa deberá presentar la Declaración Jurada para la exoneración del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), de acuerdo a la Ley 28194.
¿Cómo se realiza el abono de las remuneraciones o pensiones a las cuentas de ahorros?
Los abonos se realizan de 02 maneras:
Vía Internet, utilizando el Sistema de Administración de Transmisiones Masivas (SATM), para el cual se firma un Contrato de Afiliación. El Sistema de Administración de Transmisiones Masivas (SATM), permite a través de Internet realizar transferencias de abonos a sus trabajadores de una manera segura, confiable y sencilla.
¿Qué tipos de pagos puede realizar la entidad a través del SATM?
La Entidad puede realizar cualquier tipo de abono masivo o individual en cuentas de ahorros, siendo requisito tener una cuenta corriente y haber firmado previamente un contrato con el banco.

Los teléfonos de las Agencias UOB pueden ser consultados a la Mesa de Consultas (Línea gratuita 0800-10700)

La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005

Banco de la Nación | Ministerio de Economía y Finanzas

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Última actualización, 9 de Septiembre del 2010
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