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Cobranza coactiva

Descripción

El Banco de la Nación (BN) presta el servicio de cobranza coactiva de los tributos y otras obligaciones exigibles coactivamente a favor de las entidades de la Administración Pública que hayan celebrado convenio de gestión al amparo de la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, (Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva), aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS.

Costo del servicio

Para la entidad: El BN percibe por recaudación el 3.5% de comisión por cada cobranza efectivamente realizada. En caso que la cobranza resulte infructuosa se carga en la cuenta corriente de la entidad el 3.5% de la UIT por cada expediente coactivo.
Para el obligado (deudor) el BN percibe las costas procesales generadas como consecuencia del procedimiento de Ejecución Coactiva iniciado para la recuperación de la deuda, según arancel.
Tasas Cobranza Coactiva

Beneficios

Desde una perspectiva integral de la Administración Pública, el beneficio para las entidades que la conforman y que no tienen presupuesto para implementar una área especializada en cobranza coactiva y/o la carga procesal no justifica su organización y ejecución, tienen la posibilidad de suscribir el convenio de gestión con el BN evitando dedicar importantes recursos presupuestarios en gastos de personal, infraestructura, logística y otros conceptos. Además la recaudación se abona en las cuentas de los beneficiarios en tiempo real.

Requisitos

Que la entidad pública solicitante haya suscrito un convenio de gestión para que el BN le brinde el servicio de cobranza coactiva.

Lugares de atención

En Oficina Principal - Departamento de Operaciones - División Recaudación

Teléfono de contacto

Central Telefónica: 519-2000 Anexos: 12713 y 12714 Telefax: 519-2253

La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005

Banco de la Nación | Ministerio de Economía y Finanzas

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Última actualización, 9 de Febrero del 2012
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