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Crédito documentario exportación
Descripción
- Un importador de un país en el exterior, a través de un banco corresponsal, solicita al BN su compromiso irrevocable de pagar, avisar, confirmar o negociar documentos, los que serán presentados por el beneficiario (Instituciones del Sector Público Nacional) bajos los términos y condiciones estipulados en la carta de crédito.
Beneficios
- Avisamos y confirmamos cartas de crédito de acuerdo con los términos y condiciones establecidas por nuestros bancos corresponsales.
- Permite a nuestros clientes minimizar sus riegos de cobranza.
- Confidencialidad en el manejo de los documentos de acuerdo con reglas y usos uniformes vigentes.
- Personal con gran experiencia en la revisión de documentos así mismo le brindará asesoramiento especializado.
- Tarifas competitivas.
Requisitos
- Requisitos para aviso de crédito de exportación:
A solicitud de un banco en el exterior vía mensaje Swift, el BN avisa al beneficiario (Entidad del Sector Público Nacional) la emisión de un crédito documentario a su favor.
- Requisitos para confirmación de crédito de exportación:
Sujeto a la aprobación de nuestro Departamento de Servicios Financieros u otras instancias del BN: el BN recibe mensaje Swift de un banco corresponsal en el exterior, quien le solicita la confirmación de un crédito documentario, que deberá ser entonces avisado y confirmado por el BN al beneficiario (Entidad del Sector Público Nacional).
- Requisitos para modificación de crédito de exportación:
A solicitud del banco emisor (en el exterior) vía mensaje Swift se procederá a la modificación del crédito documentario, según sus instrucciones.
- Requisitos para negociación o pago del crédito de exportación:
- Que el beneficiario (Entidad del Sector Público Nacional) cumpla con presentar la documentación de acuerdo con las condiciones establecidas en el crédito documentario.
- Requisitos para negociación con discrepancias del crédito de exportación:
- Que el banco en el exterior (emisor del crédito documentario) autorice vía Swift el pago al beneficiario del crédito documentario.
Lugares de atención
En la Oficina Principal Avenida República de Panamá 3664, San Isidro: Dpto. de Servicios Financieros y Sección Comercio Exterior y Administración de Convenios de la División Internacional del Dpto. de Operaciones.
Teléfono de contacto
Central telefónica: 519-2000, anexos 12495, 12149
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005