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Préstamos a Gobiernos Locales, Regionales y Entidades Públicas
Descripción
Financiamiento otorgado a un plazo determinado, que se implementa por medio de un contrato, que se puede cancelar en una o más cuotas fijas que incluyen capital e intereses.
Beneficios
Permite llevar a cabo ejecución de obras (remodelaciones, edificaciones, carreteras, etcétera), adquisición de bienes de capital (camionetas, volquetes, computadores, etcétera) y servicios reproductivos (granjas, clínicas, academias, etcétera).
Puede ser gestionado en cualquiera de nuestras oficinas a escala nacional y con tasas de interés competitivas.
Condiciones para Préstamos a Gobiernos Locales y Regionales
Características y condiciones
- MODALIDAD: Préstamo con suscripción de Pagaré.
- PLAZO: Hasta 48 meses (término de la Gestión Edilicia).
- RECURSOS DE PAGO:
- Gobierno Local: Transferencias del FONCOMUN.
- Gobierno Regional: Transferencias de CANON (mensual).
- FORMA DE PAGO: Cuotas mensuales que incluye principal e intereses, con opción de prepago.
Tasas de Interés
- Gobiernos Locales: Desde 8.50% TEA.
- Gobiernos Regionales: Desde 7.50% TEA.
Requisitos
Requisitos para préstamos a Gobiernos Locales
Requisitos para préstamos a Gobiernos Locales (ppt)
Simulador de Cronograma - Préstamos a Gobiernos Locales
Requisitos Informe Previo de Contraloría General
Formatos Informe Previo de Contraloría General.
Formatos Préstamos a Gobiernos Locales
Preguntas frecuentes
- ¿Qué financia el Banco de la Nación a los Gobiernos Locales y Regionales?
- Proyectos de inversión: Obras públicas y adquisición de maquinarias (Equipamiento Municipal o Regional)
- ¿Que modalidades de créditos brinda el Banco de la Nación a los Gobiernos Locales y Regionales?
- En Créditos Directos: Préstamos, Sobregiros
En Créditos Indirectos: Cartas Fianzas, Créditos Documentarios
- ¿Existe limitaciones en los montos de préstamo a los Gob. Locales y Regionales?
- No, la capacidad de pago la determina el importe de las transferencias que reciben del Gobierno Central, las cuales se comprometen para el pago de las obligaciones financieras derivadas del crédito a otorgarse.
- ¿Existen impedimentos para que los Gobiernos Locales y Regionales no puedan acceder a los préstamos del BN?
- Estar clasificado con categoría de riesgo en el sistema financiero (SBS).
Registrar en la SUNAT obligaciones en "COBRANZA COACTIVA" que en caso se ejecute, afecten los recursos que comprometen para el pago de sus obligaciones financieras.
Que el préstamo solicitado financie gasto corriente.
Que la Municipalidad exceda las limitaciones de endeudamiento establecidas en las Reglas Fiscales para los Gobiernos Locales y Regionales.
- ¿Cuál es el costo de los servicios financieros?
- Tasa de Interés de acuerdo a los plazos: ver tarifario
- Cuando a los Gobiernos Locales se les dice que "No Califican" para préstamos de Corto Plazo (hasta 12 meses) o Mediano Plazo (más de 12 meses) por exceder las limitaciones establecidas en la "Reglas Fiscales", surge inmediatamente la pregunta: ¿Y si reducimos el monto de préstamo?
- Las Reglas Fiscales establecen limitaciones para el endeudamiento de las Municipalidades y Gob. Regionales, es decir, determina si pueden ser "Sujetos de Crédito" o no.
La "Capacidad de Pago" determina el monto máximo de préstamo a que podrían acceder.
- ¿Por qué no se considera hasta Diciembre 2014 el plazo de los créditos si nuestra vigencia termina en Diciembre 2014?
- Si el vencimiento de la última cuota es posterior a la fecha de transferencia del FONCOMUN, tendría que cancelarse en la sgte. gestión municipal (Enero/2015).
Solo cuando el plazo establecido comprende dos periodos ediles, una de las cuotas caerá en el mes de vencimiento de la primera gestión Edil.
Lugares de atención
División Gobiernos Subnacionales - Departamento de Servicios Financieros (Oficina Principal Avenida República de Panamá 3664 - San Isidro)
Para mayor información
División Banca Gobiernos Subnacionales
Teléfonos: (01) 519-2184 y (01) 519-2000
Anexos: 12184, 12492, 12494, 12499, 12504, 12505, 12507, 12508
Fax: (01) 519-2283
Horario: De lunes a viernes de 08:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:30 horas
Requisitos Gobierno Nacional
Entidades sin Garantía del Estado.
- Solicitud dirigida al BN por el titular del pliego conteniendo la siguiente información:
- Monto del préstamo.
- Objeto.
- Plazo, con opción de prepago.
- Número de cuenta corriente.
- Copia del RUC de la entidad solicitante.
- Balance general de los dos últimos ejercicios.
- Flujo de caja ejecutado de los seis meses y proyectados por el período del crédito.
- Presupuesto institucional y balance de ejecución presupuestal del año fiscal.
- Movimientos de la cuenta corriente de los seis últimos meses (adjuntar última hoja del estado de cuenta).
- Copia certificada de la resolución administrativa del titular del pliego de la entidad, mediante el cual autoriza al representante legal a concertar un crédito con el BN.
- Carta orden irrevocable del representante legal de la entidad solicitante, autorizando al BN afectar la cuenta corriente que mantiene, a fin de atender el servicio de la deuda.
- Copia del CIP o DNI del representante legal de la entidad solicitante.
- Información mínima para el otorgamiento de créditos, según modelo adjunto.
- En caso de que el crédito sea a plazo mayor a un año, deberá contar con el informe previo de la Contraloría General de la República.
- Resolución ministerial del MEF que autorice la declaración de viabilidad del proyecto por parte de la Dirección General de Programación Multisectorial.
Entidades con garantía del Estado.
- Solicitud dirigida al BN por el titular del pliego o Dirección General de Crédito Público, conteniendo la información siguiente:
- Monto del préstamo.
- Objeto.
- Plazo, con opción de prepago.
- Número de cuenta corriente.
- Copia del RUC de la entidad solicitante.
- Presupuesto institucional y balance de ejecución presupuestal del ano fiscal.
- Norma legal que autorice el aval del Estado y el endeudamiento con el BN.
- En caso de que el crédito sea a plazo mayor a un ano, deberá contar con el informe previo de la Contraloría General de la República.
- Documentación legal para la elaboración del contrato respectivo (norma que autorice el endeudamiento y la designación de la persona que suscribirá el contrato con el BN).
- Flujo de caja ejecutado de los seis meses y proyectados por el período del crédito.
- Copia del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
Lugares de atención
División Gobierno Central - Departamento de Servicios Financieros (Oficina Principal Avenida República de Panamá 3664 - San Isidro)
Teléfono de contacto
Central telefónica 519-2000 anexo 12131
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005