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Cobranza Coactiva
Conceptos a cargo del deudor (Por cada expediente coactivo)
- Notificaciones
- Notificaciones de 07 días
- Tasa*, Moneda nacional: 1.00%
- Oportunidad de cobro: Al cancelar la deuda
- Otras notificaciones al obligado
- Tasa*, Moneda nacional: 1.00%
- Oportunidad de cobro: Al cancelar la deuda
- Notificaciones a Bancos y Terceros
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Embargos(**)
- Moneda nacional, Mínimo: 2.24%; Máximo: 21.76%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Intervención en recaudación
- Depósito o secuestro conservativo
- Inscripción
- Retención
- Otras diligencias
- Por Copia Certificada cada una
- Tasa*, Moneda nacional: 0.75%
- Oportunidad de Cobro: Al solicitar copia de cada página
- Por aviso de remate
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por partes a los registros públicos
- Tasa*, Moneda nacional: 0.90%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por exhortos
- Tasa*, Moneda nacional: 0.90%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por oficios
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por actas de juramento
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por acta de remate de bienes inmuebles
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por acta de remate de bienes muebles
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por acta de diligencia frustrada
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por acta de entrega de dinero
- Tasa*, Moneda nacional: 0.50%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Por obtención de autorización judicial de descerraje o similares
- Tasa*, Moneda nacional: 2.00%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Gastos Administrativos (***)
- Minimo, Moneda nacional: 1.76%
- Máximo, Moneda nacional: 17.64%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Gastos por la intervención (****)
- Minimo, Moneda nacional: 2.24%
- Máximo, Moneda nacional: 21.76%
- Oportunidad de Cobro: Al cancelar la deuda
- Gastos de peritaje
- Los Honorarios de los peritos es divisible entre ambos:
- Tasación bienes muebles: 1% de tasación
- Mínimo(Moneda nacional): 5.00%
- Máximo(Moneda nacional): 33.00%
- Oportunidad de Cobro: Después del informe pericial
- Tasación bienes inmuebles : 1% de tasación
- Mínimo(Moneda nacional): 50.00%
- Máximo(Moneda nacional): 2UIT
- Oportunidad de Cobro: Después del informe pericial
- Gastos del martillero público (*****)
(*) Las comisiones expresadas en términos porcentuales están en función de la Unidad Impositiva Tributaria
(**) En cada una de las formas de embargo previstos en el artículo 33 de la ley n° 26979: el 1% del total de la deuda
(***) Adicionalmente, el obligado deberá cancelar por concepto de gastos administrativos el 1% de la deuda
(****) Los interventores percibirán honorarios en función de la recaudación efectuada: 1%
(*****) Los martilleros públicos que intervengan en los remates que se realicen dentro de los procedimientos coactivos, cobrarán como honorario una comisión que no excederá del 4% del precio del remate, que será abonada directamente por el adjudicatario
Conceptos a cargo de las entidades contratantes (por cada expediente coactivo)
- Gastos Administrativos por resolución de convenios
- Tasa*, Moneda nacional: 7.00%
- Oportunidad de Cobro: Después de la comunicación
- Gastos Administrativos por fraccionamientos, beneficios, facilidades, reducción de las obligaciones y otras causales
- Tasa*, Moneda nacional: 6.00%
- Oportunidad de Cobro: Después de la resolución de suspensión
- Gastos administrativos por cobranza coactiva infructuosa (*/*)
- Tasa*, Moneda nacional: 3.50%
- Oportunidad de Cobro: Después de la resolución de suspensión/conclusión
(*) Las comisiones expresadas en términos porcentuales están en función de la Unidad Impositiva Tributaria
(*/*) se considera cobranza coactiva infructuosa cuando no es posible la recuperación de la acreencia, por supensión, conforme a las causales previstas en la ley, por conclusión, porque los obligados son ilocalizables y/o carecen de bienes embargables. los debitos se realizan por cada expediente coactivo.
NOTA:
1. Los gastos no previstos, tal como notificaciones por el diario el peruano, transportes, derechos registrales, y otros serán incluídos en la liquidación de costas de acuerdo a la tarifa vigente en la fecha de cancelación.
2. Adicionalmente, el banco cobrará a las entidades el costo de los gastos incurridos en tasas registrales, judiciales, publicaciones y otros debidamente sustentados.
3 El presente arancel tendrá vigencia hasta que el ministerio de economía y finanzas mediante resolución ministerial apruebe el arancel de gastos y costas procesales de procedimientos coactivos, conforme a lo dispuesto en la primera disposición complementaria y transitoria de la ley n° 26979 aprobada mediante d.s. n° 018-2008-jus.
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005