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ITF= 0.005% apartir del 01 de abril de 2011 (*).
(*) Según lo dispuesto en el Artículo 10° del Decreto Ley N° 29667, publicado por el Diario Oficial el Peruano el 20 de febrero de 2011.
El ITF se aplica sobre la suma del monto transado más la comisión, con excepción de las exoneraciones e inafectaciones dispuestas por la ley. Si el servicio es pagado con cheque el ITF se aplica sobre la comisión.
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005