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Transferencia de Fondos a Nivel Nacional
Telegiros - (red de agencias del BN)
- Emisiones a ser pagadas en cualquier sucursal o agencia "a" y "b" (*)
- Moneda Nacional
- Montos menores o iguales a S/. 1,600.00
- Mínimo (Moneda nacional): S/. 8.00
- Montos mayores a S/. 1,600.00
- Tasa (Moneda nacional): 0.50%
- Moneda Extranjera
- Montos menores o iguales a USD 550.00
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 3.00
- Montos mayores a USD 550.00
- Tasa (Moneda extranjera): 0.50%
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 4.00
- Emisiones a ser pagadas en Agencias "C" (*)
- Moneda Nacional
- Montos menores o iguales a S/. 1,600.00
- Mínimo (Moneda nacional): S/. 8.00
- Montos mayores a S/. 1,600.00 y menores o iguales a S/. 10,000.00
- Tasa (Moneda nacional): 0.50%
- Montos mayores a S/. 10,000.00
- Tasa (Moneda nacional): 2.00%
- Moneda Extranjera
- Montos menores o iguales a USD 550.00
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 3.00
- Montos mayores a USD 550.00 y menores o iguales a USD 3,000.00
- Tasa (Moneda extranjera): 0.50%
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 4.00
- Montos mayores a USD 3,000.00
- Tasa (Moneda extranjera): 2.00%
- Cambio de destino de Telegiros
- Mínimo (Moneda Nacional): S/.1.00
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 0.30
- Anulación de Telegiros
- Mínimo (Moneda Nacional): S/.4.00
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 1.50
- Oportunidad de cobro: Por operación, Impuesto: ITF
Telegiros masivos (**)
- Emisiones a ser pagadas en cualquier sucursal o agencia "a" y "b" (*)
- Tasa (Moneda Nacional): 0.50%
- Mínimo (Moneda Nacional): S/. 6.50
- Tasa (Moneda extranjera): 0.50%
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 4.00
- Emisiones a ser pagados en agencias "c" (*)
- Moneda Nacional
- Montos entre S/. 0.00 y menores o iguales a S/. 10,00.00
- Tasa (Moneda Nacional): 0.50%
- Mínimo (Moneda Nacional): S/. 6.50
- Montos mayores a S/. 10,000.00 (***)
- Tasa (Moneda Nacional): 2.00%
- Moneda Extranjera
- Montos entre USD 0.00 y menores o iguales a USD 3,000.00
- Tasa (Moneda extranjera): 0.50%
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 4.00
- Montos mayores a USD 3,000.00 (***)
- Tasa (Moneda extranjera): 2.00%
- Anulación de Telegiro
- Mínimo (Moneda Nacional): S/. 4.00
- Mínimo (Moneda extranjera): $ 1.50
- Oportunidad de cobro: Por operación, Impuesto: ITF
(*) Ver listado de: Sucursales; Agencias A y B y Agencias C
(**) Sólo se atienden en la oficina principal - sección cobranzas y giros.
(***) En el caso de instituciones financieras, la comisión se aplica al monto acumulado de emisiones realizadas en un día por la misma institución.
ITF= 0.005% apartir del 01 de abril de 2011 (*).
(*) Según lo dispuesto en el Artículo 10° del Decreto Ley N° 29667, publicado por el Diario Oficial el Peruano el 20 de febrero de 2011.
El ITF se aplica sobre la suma del monto transado más la comisión, con excepción de las exoneraciones e inafectaciones dispuestas por la ley.
Si el servicio es pagado con cheque el ITF se aplica sobre la comisión.
La información contenida en el presente documento se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobada mediante Resolución SBS N° 1765-2005