Son Cuentas Corrientes que serán abiertas a solicitud del Representante Legal y/ o el Tesorero responsables de las Organizaciones Políticas, para las siguientes finalidades:
Cuenta Corriente para recibir fondos de financiamiento Directo (ONPE), regulada por la Ley N° 28094 de Organizaciones Políticas y al reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
Cuenta Corriente para recibir fondos de financiamiento Privado, regulada por la Ley N° 31744 de Organizaciones Políticas para Consolidar el Financiamiento Transparente de la Actividad Partidaria.
(*) En caso de no contar con estos documentos, por ser nuevos contribuyentes, deberá presentar la declaración jurada sobre ingresos anuales promedio.
Considerar: Las tarjetas de Registro de Firmas y de Apertura de Cuenta Corriente, deben ser descargadas por el cliente para su presentación en la agencia del Banco de la Nación.
a) Persona Natural. descargar formato
b) Persona Jurídica. descargar formato
Banco de la Nación | Ministerio de Economía y Finanzas | Perú
Oficina principal: Av. Javier Prado Este 2499. San Borja. Central telefónica: 01 519 2000.Servicio al cliente:
Línea gratuita: 0 800 10 700 (sólo desde teléfonos fijos)