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Solicitar préstamos para entidades públicas del gobierno nacional

Si representas a una entidad pública tales como empresas públicas, ministerios, fuerzas armadas y policiales, universidades públicas, entre otras, que necesitan financiación para realizar proyectos de inversión pública y adquisición de bienes de capital, puedes solicitar un crédito directo o préstamo en las agencias del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional.

Estos proyectos pueden ser de salud, saneamiento, educación, cultura, transporte, comunicaciones, construcción, tecnología, entre otros. Mientras que los bienes adquiridos pueden ser maquinaria pesada, camionetas, etc.

El banco brinda un financiamiento, con bajas tasas de interés, a un plazo determinado, que se concede mediante la suscripción de un contrato o pagaré, que se amortiza en cuotas periódicas (mensuales, bimestrales, trimestrales, semestrales, etc.) o con vencimiento único (plazo pactado).

Condiciones
  • Para préstamos con plazo mayor a 1 año: el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), es la entidad autorizada, de manera exclusiva, para evaluar, gestionar y negociar la concertación de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional. (Art. 19 – Ley N° 28563)
  • Para préstamos con plazo menor o igual a 1 año que excede el año fiscal: el Gobierno Nacional necesita, previamente a endeudarse, una autorización del MEF que se concreta mediante una Resolución Ministerial de Economía y Finanzas. (Art. 64 – Ley N° 28563)
  • Para préstamos con plazo menor o igual a 1 año dentro el año fiscal: el Gobierno Nacional puede solicitar directamente un financiamiento, sin autorización del MEF. (Resolución Directoral N° 053-2013-EF / 52.03)
Requisitos
  • Solicitud dirigida al Banco de la Nación suscrita por los representantes legales, que contenga lo siguiente:
  • Monto.
  • Objeto.
  • Plazo, con opción de prepago.
  • Forma de pago.
  • Recurso de pago.
  • Número de la cuenta corriente en la que se procederá a efectuar el abono del financiamiento y el cargo de los pagos por capital e intereses correspondientes.
  • Se consignará la denominación del proyecto, así como su código de registro (de contar con éste).
  • Estados financieros de los 2 últimos ejercicios y del último semestre, con sus respectivas notas, suscritos por el contador.
  • Carta de compromiso irrevocable, bajo declaración jurada, debidamente firmada por los representantes legales de la entidad solicitante autorizando al BN afectar las cuentas corrientes y otros ingresos que mantiene en el banco a fin de atender el servicio de la deuda del crédito solicitado.
  • Pagaré debidamente firmado por los representantes legales.
  • Para universidades, agregar:
  • Copia del Acuerdo de Consejo Universitario o Resolución Rectoral que precise el Acuerdo Consejo Universitario, legalizada notarialmente o por Juez de Paz, mediante el cual se aprueba solicitar el préstamo, indicando:
  • El monto, objeto y plazo del mismo.
  • Facultar al Rector a suscribir los documentos necesarios para garantizar el crédito.
  • Autorizar al banco en forma irrevocable a afectar las cuentas corrientes e ingresos de la universidad para atender el servicio de la deuda.
  • Flujo de Caja con los 6 últimos meses ejecutados y proyectado por el período del préstamo (hasta la cancelación de la última cuota), suscrito por el contador y el representante legal de la entidad.
  • Información Comercial requerida por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y AFP, debidamente firmada y sellada por el representante legal de la entidad.
  • Para ministerios y otras entidades públicas, agregar:
  • Copia de la Resolución Administrativa del Titular del Pliego o Unidad Ejecutora, legalizada Notarialmente o por Juez de Paz, mediante el cual se nombra y autoriza a los representantes legales a concertar un crédito con el Banco de la Nación.
  • Flujo de Caja con los 6 últimos meses ejecutados y proyectado por el período del préstamo (hasta la cancelación de la última cuota), suscrito por el contador y el representante legal de la entidad.
  • Información Comercial requerida por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y AFP, debidamente firmada y sellada por el representante legal de la entidad.
  • En el caso específico del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), esta entidad solo deberá presentar la solicitud dirigida al Banco de la Nación (BN) y el Pagaré. Además, deberá adjuntar la Norma legal que autorice el endeudamiento con el BN así como la documentación legal para la elaboración del contrato respectivo.
Hazlo en 3 pasos:

1.- Envía tu solicitud

  • Solicita un préstamo, adjuntando los documentos solicitados, a una de las siguientes direcciones electrónicas:
  • Renzo Sponza: renzo.sponza@bn.com.pe, (01) 519 2000, anexo 97261.
  • Héctor Bertrán: hbertran@bn.com.pe, (01) 519 2000, anexo 97265.
  • Aurora Chávez: achaveza@bn.com.pe, (01) 519 2000, anexo 97303.
  • Elizabeth Palacios: epalacios@bn.com.pe, (01) 519 2000, anexo 97266.
  • Luis Cotrina: lcotrina@bn.com.pe, (01) 519 2000, anexo 97248.
  • También puedes acercarte con tus documentos a la Oficina Principal de la Gerencia de Productos e Inclusión Financiera de la Subgerencia Banca de Gobierno del Banco de la Nación, ubicada en la Av. Javier Prado Este 2499 (Piso 20), San Borja, Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m., o en cualquiera de las agencias del banco a nivel nacional, dentro del horario de atención establecido.

2.- Espera la evaluación

Tu solicitud será evaluada por la Sección Banca Gobierno Nacional de la Subgerencia Banca Institucional de la Gerencia de Productos e Inclusión Financiera del Banco de la Nación.

3.- Recibe el préstamo

Si tu solicitud es aprobada, el personal del banco te entregará una lista de documentos contractuales que deberás firmar. Luego, el monto será desembolsado directamente a la cuenta corriente que tiene la entidad pública en el Banco de la Nación.

Esta información es proporcionada con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017

RUC: 20100030595, Razón social: Banco de la Nación
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Banco de la Nación | Ministerio de Economía y Finanzas | Perú

Oficina principal: Av. Javier Prado Este 2499. San Borja. Central telefónica: 01 519 2000.
Atención en oficina principal: lunes a viernes de 8:30 a 17:30. Refrigerio de: 13:00 a 14:00.
Atención en oficina de trámite documentario: lunes a viernes de 8:30 a 16:30 (horario corrido).

Servicio al cliente:

Línea gratuita: 0 800 10 700 (sólo desde teléfonos fijos)
Línea telefónica: 01 440 5305 / 01 442 4470
Última actualización: 28 de abril del 2024
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