Habilitación de fondos para entidades públicas

El Banco de la Nación (BN), en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) - Dirección Nacional del Tesoro Público, brinda a las entidades del sector público el servicio de transferencia de recursos bajo las modalidades de cuentas de encargos de reversión automática por medio del SIAF y no SIAF. La primera de ellas es totalmente automática.

Las habilitaciones que no están en el SIAF se procesan mediante el ingreso de cartas órdenes en el sistema de autorizaciones de pago, que permite a las entidades tener un control sobre el gasto y ahorro de dinero para la asignación de fondos de sus unidades operativas.

Beneficios
  • Las entidades públicas cuentan con sus recursos en el momento oportuno.
Requisitos
  • Tener cuenta en el BN autorizada por la Dirección Nacional del Tesoro Público del MEF.
Lugar de Atención
  • Departamento de Operaciones - Subgerencia Captaciones y Pagaduría, Sección Administración de Cuentas y Pagaduría, ubicada en la av. Javier Prado Este 2499, Piso 19 San Borja.

Teléfono de contacto
  • Oficina principal: 519-2000, anexo 97506.
Esta información es proporcionada con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017

RUC: 20100030595, Razón social: Banco de la Nación
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Banco de la Nación | Ministerio de Economía y Finanzas | Perú

Oficina principal: Av. Javier Prado Este 2499. San Borja. Central telefónica: 01 519 2000.
Atención en oficina principal: lunes a viernes de 8:30 a 17:30. Refrigerio de: 13:00 a 14:00.
Atención en oficina de trámite documentario: lunes a viernes de 8:30 a 16:30 (horario corrido).

Servicio al cliente:

Línea gratuita: 0 800 10 700 (sólo desde teléfonos fijos)
Línea telefónica: 01 440 5305 / 01 442 4470
Última actualización: 18 de marzo del 2024
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