El Banco de la Nación en el marco de la ley de cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero-FATCA, público en su portal web los formatos de autorización de entrega de información a clientes naturales de Estados Unidos.
La divulgación de dicha información es con la finalidad de garantizar la transparencia en las transacciones bancarias que ciudadanos estadounidenses realicen en nuestro país. Además, cumple con los mecanismos de fiscalización de las inversiones que mantienen fuera de ese país ciudadanos clasificados por la ley FATCA, “US Persons”.
Este mecanismo de control, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2014, también está orientado a las sociedades creadas u organizadas en los EE.UU. o bajo las leyes de ese país, o cuyos accionistas con participación igual o mayor al 10% sean a su vez US Persons, entre otras obligadas por la ley FATCA.
De esta manera el Banco de la Nación, como entidad financiera del Estado Peruano, cumple con las regulaciones de FATCA, y observa su fiel cumplimiento.
Se considera “persona estadounidense” - US Persons, los que a continuación se indica:
Posee Doble nacionalidad (americana y otra).
Es Ciudadano americano (aun cuando no resida en EE.UU).
Posee un pasaporte americano.
Ha nacido en EE.UU y no ha renunciado a dicha nacionalidad.
Es residente permanente en EE.UU. (posee una “green card”).
No tiene nacionalidad de los EEUU ni Residencia permanente, pero:
Ha permanecido al menos 183 días durante el periodo de años que incluye el año en curso y los dos años inmediatamente anteriores antes de éste, contando:
Todos los días en los que estuvo presente en 2014 (el año en curso) y
1/3 de los días en los que estuvo presente en 2013 (el primer año antes del año en curso)
1/6 de los días en los que estuvo presente en 2012 (el segundo año antes del año en curso)
No se consideran en el cómputo señalado los días en que hubiere permanecido en EEUU con visado en calidad de profesor, estudiante o deportista.