Realizar certificación de cheques o anulación de cheques certificados

Mediante este servicio puedes certificar la existencia de fondos en una cuenta corriente, con referencia al importe del cheque. Dicha operación se efectúa a petición del girador o tenedor (titular) del cheque, siempre que no haya extinguido su plazo de presentación.

La anulación de cheques certificados se lleva a cabo a solicitud del girador.

Beneficios
  • Permite asegurar la existencia de fondos disponibles en una cuenta corriente por el importe girado en un cheque.
Condiciones
  • Para la certificación:
  • La certificación de cheques se procede de acuerdo a la Ley de Títulos Valores N. ° 27287 Art.191.
  • En caso de que la certificación sea solicitada por un tercero, la carta de solicitud debe identificar a dicha persona autorizada.
  • La forma de pago de comisión (cargo en cuenta o en efectivo) por certificación del o los cheques será indicada en la carta de solicitud que presenta el cliente.
  • Cuando se trate de cuentas de personas naturales, se identificará al titular de la cuenta corriente únicamente con DNI.
  • La certificación rige por 30 días contados a partir de la fecha de giro del cheque.
  • Para la anulación:
  • En caso de pérdida del cheque certificado y el titular de la cuenta corriente solicite la anulación del mismo, se le informará que no es posible su anulación y se le indicará que procede a suspender el pago del cheque certificado, de acuerdo a las normas establecidas.
Requisitos
  • Para la certificación:
  • Cheque o cheques.
  • A solicitud de los titulares de la cuenta:
  • Carta en original y copia dirigida al Banco de la Nación, firmada por el o los titulares de la cuenta, solicitando la certificación del cheque.
  • En caso que la carta pertenezca al Decreto Legislativo 940 o al Decreto Legislativo 1110 - Detracciones, la carta deberá estar debidamente firmada por el o los titulares de la cuenta y legalizada notarialmente.
  • A solicitud del beneficiario:
  • DNI en físico del beneficiario.
  • Para la anulación de la certificación:
  • Carta presentada exclusivamente por el titular de la cuenta corriente solicitando la anulación del o de los cheques certificados, donde se deberá contemplar, entre otros datos, la identificación del o de los titulares de la cuenta y sus firmas.
  • Cheque certificado.
Hazlo en 3 pasos

1.- Dirígete a una agencia del banco

Acércate a la agencia del Banco de la Nación más cercana a tu domicilio, en Lima Metropolitana o en Provincias, dentro del horario de atención establecido.

2.- Brinda los requisitos

Entrega los documentos señalados en requisitos al personal del banco en ventanilla.

3.- Espera la validación

El personal del banco realizará la certificación o de anulación de certificación.

Para realizar consultas adicionales, puedes llamar a la Mesa de Consultas: 0-800-10-700.

Esta información es proporcionada con arreglo a la Ley N° 28587 y al Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017

RUC: 20100030595, Razón social: Banco de la Nación
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Última actualización: 27 de abril del 2024
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