Cuenta recaudadora – Organizaciones Políticas
Es el proceso mediante el cual una organización política presenta en las agencias del Banco de la Nación el formato “Carta de instrucción de transferencias”, donde señalan la cuenta de destino, para la transferencia de sus fondos recaudados, seguidamente previa evaluación de las áreas competentes del Banco se crea una cuenta operativa recaudadora. Esta cuenta les permitirá recibir aportes económicos de manera segura, transparente y cumpliendo con la normativa electoral vigente.
Las organizaciones políticas estarán a cargo de comunicar su número cuenta operativa recaudadora a sus aportantes.
¿A Quiénes se puede abrir una cuenta recaudadora en el marco de la Ley N° 32254 - 2025?
A aquellas Organizaciones políticas debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y que se encuentren publicadas en la página web de dicha entidad.
Beneficios
¿Cuáles son los pasos a seguir para abrir la cuenta recaudadora?
Es muy sencillo, hazlo solo en 3 pasos:
Nota: La Organización Política que requiera cambiar su cuenta de destino, deberá presentar nuevamente los documentos descritos en el presente apartado.
Si necesitas más información, comunícate con la central telefónica del Banco de la Nación al 519-2000 y marca uno de estos anexos según tu consulta:
Este servicio cumple con la Resolución Jefatural N° 30-2025-JN/ONPE, que regula el financiamiento de las organizaciones políticas.